Jubilados y pensionados deben actualizar sus datos

 
La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones (DGJP), dependiente del Ministerio de Hacienda, recuerda que la actualización masiva de datos de todos los beneficiarios jubilados y pensionados de la Caja Fiscal se extiende hasta el 28 de febrero de 2020, de acuerdo con la Resolución General N° 13. Para el efecto, los beneficiarios deben acudir ante cualquier oficina local o regional de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (Dinacopa).

La dependencia insta al cumplimiento de esta disposición, que inició en el mes de octubre del año anterior. El beneficiario debe presentar el formulario FL – DGJP – 27 – V2, en dos copias (uno para la DGJP y otro para la constancia de recepción), el cual está publicado en la página web del Ministerio de Hacienda, sección Jubilaciones, en la pestaña formularios, y adjuntar una foto tipo carnet actualizada; copia autenticada por escribanía pública de la cédula de identidad vigente y una boleta o recibo de servicio público,  y del curador, o tutor cuando corresponda.

Asimismo, la DGJP aclara que a la fecha se encuentra vigente el formulario FL - DGJP Nº 27 - V2, sin embargo, quienes hayan presentado en su momento el Formulario FL - DGJP 27 - V1 ya no deben presentar uno nuevo.

En caso de menores de edad beneficiarios de pensiones, o hijos minusválidos, deberán acercarse en compañía del padre, tutor o curador respectivamente, quienes serán responsables del llenado y de la presentación del formulario. Los herederos pensionados, deberán adjuntar además, copia de la sentencia declaratoria de herederos.

Excepcionalmente, y solo en el caso de que el beneficiario titular no pueda acercarse por algún motivo que imposibilite su traslado, podrá un tercero en su representación presentar el formulario mediante autorización firmada por el beneficiario con certificación de firma en hoja sellada de Escribanía Pública.

Recibida la solicitud, los funcionarios de la Dinacopa verificarán que las exigencias previstas de esta Resolución General estén debidamente cumplimentadas y solicitarán la suscripción del formulario por el beneficiario, y en su caso, por el tercero autorizado. No serán tramitados formularios incompletos.

Transcurrido el plazo previsto (entre el 1 octubre del 2019 y el 28 de febrero del 2020) sin que el beneficiario proceda a la actualización de sus datos, la DGJP procederá al bloqueo preventivo de la cuenta bancaria del mismo. Para el levantamiento del bloqueo de la cuenta, el beneficiario deberá acudir ante la DGJP a fin de completar y suscribir el formulario de actualización de datos, debiendo acompañar los documentos requeridos.

La Caja Fiscal dispondrá la cancelación de la cuenta del beneficiario y la exclusión de la planilla de pagos mensuales de aquellos beneficiarios que no hayan actualizado sus datos,  luego de transcurridos dos (2) meses contados desde el bloqueo preventivo.

Además, la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, una vez finiquitado el plazo previsto para la actualización de datos, efectuará controles in situ, conforme indicadores de riesgos que la misma considere, a fin de corroborar la veracidad de lo declarado.
- Advertisement -